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Redacción Site Admin

Registrado: 29 Nov 2004 Mensajes: 14394
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 7:13 am
Título del mensaje: Raúl Arrieta: La declaración de Cilia Flores no es constituc |
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Raúl Arrieta: La declaración de Cilia Flores no es constitucional
ND.- La Constitución nacional establece sin lugar a dudas que el período presidencial es de 6 años y termina el 10 de enero, por lo que la declaración de este domingo dada por la Procuradora General de la República no está sustentada en la Constitución. Así lo dijo el profesor de posgrado de la Universidad Central de Venezuela, abogado constitucionalista Raúl Arrieta, en Primera Página de Globovisión con Jeanelie Briceño.
“La declaración de Cilia Flores no es constitucional. En la Constitución no hay continuidad; el período es de 6 años y como lo ha dicho el propio Tribunal Supremo en Sala Constitucional, ese período constitucional termina el 10 de enero y el 10 de enero se inicia un nuevo período constitucional”, dijo. “Que sea la misma persona u otra diferente es irrelevante”.
Para Arrieta, el Presidente Electo debe juramentarse el 10 de enero porque ese día se inicia el período constitucional.
Aseguró también que las las causas sobrevenidas que se mencionan en el artículo 231 de la Constitución no tienen que ver con el Presidente Electo. Arrieta recordó que durante la discusión en la Asamblea Nacional Constituyente se eliminó por unanimidad un artículo relativo a las faltas temporales del Candidato Electo bajo el argumento, dado por Claudio Fermín, que no podía haber una falta temporal de un Presidente Electo.
Recordó también que la Constitución de 1961 era más flexible en este punto pues otorgaba 10 días habiles al Presidente Electo para tomar posesión de su cargo.
El profesor de Derecho Constitucional aseguró que las interpretacioens dadas por Diosdado Cabello, Nicolás Maduro, la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y la Procurador Genera de la República “son todas contradictorias”. Aseguró también, sin mencionar nombres, que la oposición “ha caido en un absurdo similar”.
“Si usted quiere torcer la interpretación, bueno, ¿qué puedo hacer yo?”, dijo.“Lo que para mí es inaceptable es este dime y direte de interpretaciones que no dicen nada con relación a la Constitución”.
Para Arrieta, las interpretaciones dadas por los altos funcionarios del Gobierno son una "nueva religión", una "profesión de fe" sin asidero en la Constitución. "Chávez gobierna aunque no esté; Chávez sigue siendo presidente aunque no se juramente; Chávez está bien auqne no haya un parte medico”, dijo.
En caso de que el Presidente Electo no asuma el 10 de enero, aseguró Arrieta, el Presidente de la Asamblea Nacional podrá nombrar los ministros que quiera o ratificar los que hay durante el período de 30 días máximo. Aquí rechazó la interpretación hecha por el diputado y Coordinador Nacional del Movimiento Primero Justicia, Julio Borges, y dijo que el 10 de enero no solo cesa en funciones el Presidente en ejercicio sino también los ministros, incluyendo al Vicepresidente Ejecutivo. “Uno de los efectos del término del período constitucional es la vacancia de todos esos cargos”, dijo.
Ultima edición por Redacción el Lun Ene 07, 2013 7:58 am; editado 3 veces
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Rhita

Registrado: 01 Sep 2009 Mensajes: 11846
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 7:19 am
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Ellos saben que no se va a jurarmentar ni el 10 de enero ni NUNCA, estan cometiendo un acto ilegal.
Estos se quieren quedar MANDANDO sin HABER SIDO ELEGIDOS...Se debe decretar la FALTA ABSOLUTA Y LLAMAR A ELECCIONES dentro de un lapso de 30 DIAS CONSECUTIVOS.
| Cita: |
Maribe
Registrado: 01 May 2007
Mensajes: 4094
MensajePublicado: Lun Ene 07, 2013 12:29 am
Título del mensaje: ¿Y qué pasó el 13 de Abril?
Una pregruntica a los foristas: cuando a Chavez lo "regresaron" de La Orchila (ya sabemos quién), luego de que todos sabemos que SI RENUNCIÓ......¿no se tuvo que juramentar de nuevo?.
Era el presidente en funciones, pero, en su asuencia se juramentó todo el mundo: William Rara y Diosdado......pero, para poder volver a tomar el cargo SE TUVO QUE JURAMENTAR.
En los períodos anteriores, cuando ha sido reelecto (por obra y gracia del CNE), SIEMPRE SE HA JURAMENTADO.
Ah, pero ahora, es un acto que no tiene importancia alguna para estos apátridas. Posiblemente, la Constitución Cubana no lo exija, y claro, ellos se rigen por la de alla. |
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elduendequecamina

Registrado: 19 Jun 2008 Mensajes: 8957 Ubicación: Locura es hacer lo mismo una y otra vez, y esperar resultados diferentes: Albert Einstein
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 7:21 am
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Golpe de Estado en plena ejecución. |
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granitico51

Registrado: 17 Oct 2008 Mensajes: 26019 Ubicación: Combatiendo a las mafias de ND
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 7:21 am
Título del mensaje: |
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Estan metiendo una matriz de opinion sin ser los que deben hacerlo...
Si ellos lo hacen entonces porque TODOS no lo hacemos?
El pueblo habla con ellos?
NO, el pueblo SOMOS TODOS...
VAN A PISOTEAR LA CONSTITUCION POR EL SIMPLE HECHO DE BENEFICIAR UNA VISION POLITICA?
NO, LA LEY ENTRA POR CASA
NOSOTROS ACEPTAMOS LOS RESULTADOS ELECTORALES
AHORA ELLOS QUE ACEPTEN LA REALIDAD QUE IMPERA...
SI EL 10/01/2013 NO SE PRESENTA A JURAMENTARSE, ENTONCES QUE SE CUMPLAN LOS PASOS LEGALES QUE ESTAN EN LA CONSTITUCION.
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ursianum
Registrado: 08 Abr 2006 Mensajes: 3375
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 7:47 am
Título del mensaje: |
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En el artículo 231, el constituyente uso "punto y seguido", eso significa (para quien sabe algo de sintaxis castellana) que se trata del mismo tema. Por lo tanto la juramentación ante el TSJ debe ser inequívovamente el mismo 10 de enero.
El origen de esta posibilidad esta en que la asamblea (y no el presidente electo) tenga algun problema para reunirse ) y deja entonces la vía para la necesaria juramentación ante el TSJ (ante todo el TSJ, no ante uno de susu miembros).
Es obvio que el sacar los constituyentes un artículo sobre la falta del presidente electo de la constitución, produjeron un hueco constitucional.
Este problema, fundamentalmente político y no jurídico, debe ser resuelkto por consenso, ya que todo el muendo debe aceptar el procedimiento. Pretender "alargar" el período, y dejar al actual videpresidente que ni siquiera está en ejercicio provisional de la presidncia, hasta que el presidente se recupere es un GOLPE DE ESTADO. |
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AEONFLUX

Registrado: 27 Sep 2006 Mensajes: 8722
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:24 am
Título del mensaje: |
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En este orden
1. Si el 10 de Enero no se juramenta Chavez, entonces habrá un vacio Presidencial, aunque haya sido elegido Presidente, si no se juramenta no estará legal y constitucionalmente apto para Ejercer Funciones de Estado, por cuánto para eso esta establecida la JURAMENTACION EN LA CONSTITUCION NACIONAL.
2. Las Faltas Temporal y Absoluta son una figura que se aplica para PRESIDENTE de la República en funciones. Hay falta temporal que es la que esta supliendo Nicolas Maduro hasta el 10 de Enero fecha en la que términa el Mandato de Chavez. La Suplencia de Nicolas no se puede extender mas alla del 10-E por cuánto Chavez no se ha juramentado para ese nuevo Periodo.
3. A partir del 10E sin Chavez haberse JURAMENTADO como presidente no podría declararse NI FALTA TEMPORAL NI FALTA ABSOLUTA, ya que esa figura se aplica a PRESIDENTES EN EJERCICIO y Para ese momento sin Chavez haberse Juramentado no estaría en su Ejercicio Pleno de PRESIDENTE, por lo que empezaría EL VACIO PRESIDENCIAL.
4. Diosdado Cabello, Presidente de la AN no puede ser nombrado PRESIDENTE luego del 10-E por cuánto no se ha juramentado Chavez como presidente.
5. La No juramentación de Chavez ante la AN de manera sobrevenida se podría hacer ante el TSJ y este asentamiento fuera de la AN se estableció a manera de prevenir si llegase a suceder cualquier catastrofe natural y dicha edificación por ser de vieja construccion pudiera colapsar, entonces se correría su JURAMENTACION ANTE EL TSJ, pero el mismo día 10E.
6. El TSJ por ser un Poder Nacional, su asentamiento exclusivo es la Capital de la República.
7. Los Ministros y demás, son nombrados en Gabinete por el Presidente de la República para su nuevo periodo Constitucional en el momento que se Juramenta Chavez, sus funciones cesan tambien el 10E.
8. El 10E sin Chavez juramentarse, habrá un VACIO PRESIDENCIAL Y DE PODER, y todos los actos que se sucedan a partir de allí por sus Ministros son NULOS.
Ultima edición por AEONFLUX el Lun Ene 07, 2013 8:30 am; editado 1 vez |
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julio_cesar_venezuela

Registrado: 14 Ago 2009 Mensajes: 3650
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:29 am
Título del mensaje: |
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el 10 de enero chavez no se juramentara por un reposo medico y seguira siendo el presidente ¿porque? (preguntara el tarado comun) entonces la respuesta la da el articulo 231 el cual dice que de no poder hacerlo ese dia ante la asamblea por algun problema sobrevenido, lo hara ante el TSJ cuando se resuelva dicho problema..
le recomiendo al profesor este leer el articulo en cuestion..  |
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TuTo Liberta2

Registrado: 12 Mar 2009 Mensajes: 10282
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:30 am
Título del mensaje: |
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| Cita: |
Profesor Arrieta: No hay continuidad.
JMS / Globovisión
http://globovision.com/articulo/profesor-arrieta-no-hay-continuidad
7 / 01 / 2013- 06:48:09
El abogado constitucionalista y profesor de la UCV Raúl Arrieta aseguró que no hay diferencia entre el Presidente reelecto y el candidato y agregó que no hay continuidad porque el período constitucional dura seis años. Recordó que el TSJ ha dicho, además, que el mandato termina le 10 de enero. “Que sea la misma persona u otra es irrelevante”, dijo.
En este sentido, afirmó que la declaración de la Fiscal General, Luisa Ortega, quien prefirió no opinar sobre el caso porque puede llegar a sus manos, ha sido la más certera. En su opinión, el pronunciamiento de la Procuradora, Cilia Flores, por el contrario, es voluntarista y no constitucional.
Arrieta dijo que el Presidente tiene que asumir el 10 de enero porque ese día se inicia el período constitucional y el propio Jefe de Estado lo tuvo tan claro que pidió a sus seguidores y al Psuv que cumplan con la Carta Magna y que su candidato es Nicolás Maduro si no puede asumir en esa fecha.
Indicó que cuando se discutió la Constitución se eliminó un artículo porque no podía haber falta temporal de un Presidente electo. Desde su punto de vista, la Constitución de 1961 era más flexible y otorgaba hasta 60 días para la juramentación del nuevo Presidente.
El abogado declaró que no procede el nombramiento de una junta médica para determinar si hay una falta absoluta porque esto sólo procede para un Presidente en ejercicio y no para un Presidente electo, quien no tiene otra salida que presentarse ante el TSJ si no puede hacerlo ante la Asamblea Nacional.
Arrieta señaló que el problema es político y no constitucional porque el oficialismo no quiere aceptar la enfermedad del Presidente y tiene temor a su ausencia. |
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AEONFLUX

Registrado: 27 Sep 2006 Mensajes: 8722
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:34 am
Título del mensaje: |
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| Cita: |
| lo hara ante el TSJ cuando se resuelva dicho problema.. |
FALSO
El artículo no dice "cuando se resuelva"
En NINGUNA PARTE
solamente dice que si de manera sobrevenida no pudiera hacerlo ante la AN el 10E lo haría ante el TSJ.
Pero se deduce que sería el mismo 10E ya que de lo contrario hubiera estipulado que ante el TSJ en fecha posterior. |
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granitico51

Registrado: 17 Oct 2008 Mensajes: 26019 Ubicación: Combatiendo a las mafias de ND
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:34 am
Título del mensaje: |
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| Cita: |
Aseguró también que las las causas sobrevenidas que se mencionan en el artículo 231 de la Constitución no tienen que ver con el Presidente Electo. Arrieta recordó que durante la discusión en la Asamblea Nacional Constituyente se eliminó por unanimidad un artículo relativo a las faltas temporales del Candidato Electo bajo el argumento, dado por Claudio Fermín, que no podía haber una falta temporal de un Presidente Electo.
Recordó también que la Constitución de 1961 era más flexible en este punto pues otorgaba 10 días habiles al Presidente Electo para tomar posesión de su cargo. |
tuki_ti |
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granitico51

Registrado: 17 Oct 2008 Mensajes: 26019 Ubicación: Combatiendo a las mafias de ND
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:35 am
Título del mensaje: |
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julio_cesar_venezuela
que conveniente respuesta para ti, Pazjuato....
Pazjuato:
"dicese del pez raro que esta a punto de convertirse en pargo" |
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Venenet

Registrado: 02 Ago 2006 Mensajes: 4016
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:46 am
Título del mensaje: |
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| Cita: |
| lo hara ante el TSJ cuando se resuelva dicho problema.. |
este si es arrecho.....donde dice eso en la constitucion.
Lo que si es cierto es que la constitucion la usan de papel toilet los chavistas en Venezuela y en Cuba. |
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julio_cesar_venezuela

Registrado: 14 Ago 2009 Mensajes: 3650
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:49 am
Título del mensaje: |
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| Cita: |
| este si es arrecho.....donde dice eso en la constitucion. |
es que obviamente sino se puede juramentar ante la asamblea el 10 de enero por alguna causa sobrevenida se juramentara ante el TSJ (cuando se resuelva la mencionada causa)..  |
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Venenet

Registrado: 02 Ago 2006 Mensajes: 4016
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:53 am
Título del mensaje: |
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| Cita: |
| (cuando se resuelva la mencionada causa). |
que va a hacer, resucitar de entre los muertos? |
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Rhita

Registrado: 01 Sep 2009 Mensajes: 11846
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Publicado: Lun Ene 07, 2013 8:56 am
Título del mensaje: |
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Tanto que el chavismo hablo del BIEN COLECTIVO y BIEN COMUN, nos decian que NO DEBIAMOS PENSAR EN NUESTRO BIENESTAR sino en el de TODOS, ahora solo UNOS POCOS quieren mantener el control... |
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