TSJ-MORALES, DE NEGRO LUCTUOSO: LUZ VERDE A LA “ASUNCIÓN” DE CHÁVEZ, [desde el más allá]
► 21/12/12 | TRIQUIÑUELAS DE LEM ● HACE 11 AÑOS, TSJ DECIDIÓ LO CONTRARIO: “FECHA ES EL 10 DE ENERO”
Luisa Estella Morales – EUD – avn 21.12.12
■ LUDMILA VINOGRADOFF: “POLÉMICA EN VENEZUELA POR LA IDEA DE POSTERGAR LA ASUNCIÓN DE CHÁVEZ”
■ MAGISTRADA MÁRMOL: “SI NO HAY PRESIDENTE EL 10 DE ENERO, HAY QUE ELEGIR A OTRO”
■ MGCOLMENARES: LUISA ESTELA DICE QUE CHIABE SE PUEDE JURAMENTAR DESDE,… EL MÁS ALLÁ.
■ PRESIDENTA DEL TSJ: “NO ES UN NUEVO MANDATO SINO LA CONTINUACIÓN DEL ACTUAL”. Fin de la era legal venezolana
■ YO LE PREGUNTARÍA A LUISA ESTELLA “MORALES” CÓMO INTERPRETARÁ LA CONSTITUCIÓN PARA QUE CHÁVEZ GOBIERNE “IN ARTÍCULO MORTIS” . DE ESO SE TRATA | PEDRO GARCIA OTERO
Faraon – simbolos – mas-historia.blogspot.com
MORALES: “SOBRE ASUNCIÓN DE CHÁVEZ NO EXISTE DUDA CONSTITUCIONAL”
NC – EUD: Para la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estella Morales, la juez dos veces expulsada del Poder Judicial por “errores inexcusables”, [y Presidenta también de la Sala Constitucional] “no existe ninguna duda constitucional que resolver”
Se refirió a la posibilidad de postergar la toma de posesión del presidente Hugo Chávez más allá del 10 de enero por su situación de salud que planteó el martes el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello y ratificó el vicepresidente Nicolás Maduro.
Enfatizó que el artículo 231 de la Constitución, “no tiene porque ser objeto de interpretación política”.
Aseguró que sí se plantea cualquier situación, “será la Sala Constitucional quien resolverá”. O sea,… ella misma.
Destacó que no se trata de un asunto “”legal”, sino “constitucional” por tratarse de “la continuidad por la reelección del Presidente”.
Sostuvo la tesis que en Venezuela “no hay presos políticos” sino “procesados judiciales”.
EL TSJ YA RESOLVIÓ [2001]: NO SE PUEDE MOVER LA FECHA , de los períodos constitucionales de la Presidencia de la República bajo la Constitución de 1999.
En esa oportunidad fue el fallecido Willian Lara, en su carácter de Presidente de la Asamblea Nacional, el que solicitó a la máxima instancia del Poder Judicial interpretar el artículo 231 de la Carta Magna.
Artículo 231: El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia”.
De la sentencia, fechada el 16 de mayo de 2001, el TSJ concluye que el período constitucional es de seis años y que los mandatos concluyen, como dice la Ley, el día diez de enero del año siguiente a la elección, fecha en la que debe asumir el nuevo Presidente, para la fecha:
Se concluye, pues, que, de acuerdo con el régimen constitucional vigente, el período constitucional del Presidente Hugo Chávez Frías concluye el 10.01.07, término en el cual comienza el próximo período presidencial, conforme lo dispone el artículo 231 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Quiere decir que el período actual comenzó en la fecha antes mencionada (10/01/2007) y concluirá el próximo 10 de enero. Habiendo sido interpretado el artículo, el Tribunal Supremo de Justicia deberá, en caso de ausencia, avocarse al espíritu de la interpretación, por lo que si Hugo Chávez es incapaz de juramentarse, deberá asumir la Primera Magistratura el Presidente de la Asamblea Nacional, quien procedría a convocar elecciones en los siguientes 30 días contínuos. | LA PATILLA
► LA SENTENCIA COMPLETA
Escrito por: Rodolfo Schmidt en 21/12/2012.